Festivo sustituto del Día de la Fundación 2026 ============================================== En 2026, el Día de la Fundación Nacional cae el sábado 3 de octubre y el festivo sustituto es el lunes 5 de octubre. En principio, es un día festivo pagado en los centros de trabajo con 5 o más empleados, y la compensación por trabajar varía según la sustitución del festivo y las horas trabajadas. - El festivo sustituto por el Día de la Fundación Nacional de 2026 es el lunes 5 de octubre. - Los centros de trabajo con 5 o más empleados habituales deben garantizar, en principio, que el 5 de octubre sea un día festivo pagado. - Si se trabaja sin una sustitución válida del festivo, se añade al menos un 50% del salario ordinario por hasta 8 horas de trabajo en día festivo. - En los centros de trabajo con menos de 5 empleados no es obligatoria la aplicación de la norma sobre festivos pagados. - A diferencia del Día de la Fundación Nacional, el Día de las Fuerzas Armadas no es un festivo oficial que se repita cada año. En 2026, el Día de la Fundación Nacional cae el sábado 3 de octubre, y el día festivo sustitutivo es el lunes 5 de octubre. En principio, es un día festivo remunerado en los centros de trabajo con 5 empleados o más. Si se trabaja ese día, la remuneración varía según si hubo sustitución del día festivo y las horas efectivamente trabajadas. La fecha y los criterios de aplicación de este artículo se basan en la legislación vigente al 15 de septiembre de 2026. Fecha del día festivo sustitutivo del Día de la Fundación Nacional de 2026 El día festivo sustitutivo del Día de la Fundación Nacional de 2026 es el 5 de octubre. El Día de la Fundación Nacional, 3 de octubre, cae en sábado. El día siguiente, 4 de octubre, también es domingo. Por lo tanto, el lunes, primer día no festivo, se convierte en día festivo sustitutivo. No es necesaria una resolución independiente que lo declare día festivo extraordinario. La fecha se determina conforme a la normativa vigente. Reglamento sobre los días festivos de los organismos públicos: «Se designará como día festivo sustitutivo el primer día no festivo posterior a dicho día festivo (se entiende por día no festivo un día que no sea ninguno de los días festivos enumerados en los distintos apartados del artículo 2; lo mismo se aplicará en adelante)». Clasificación Fecha Naturaleza jurídica Día de la Fundación Nacional sábado 3 de octubre de 2026 Fiesta nacional y día festivo Domingo domingo 4 de octubre de 2026 Día festivo Día festivo sustitutivo lunes 5 de octubre de 2026 Día festivo sustitutivo del Día de la Fundación Nacional Diferencias de aplicación entre organismos públicos, escuelas y empresas privadas La aplicación efectiva del día festivo sustitutivo varía según la institución. A los organismos públicos se les aplica directamente el reglamento sobre días festivos. Los centros de trabajo privados deben comprobar el ámbito de aplicación de la Ley de Normas Laborales. La suspensión de las actividades escolares también se refleja en el calendario académico. Sin embargo, los días lectivos de los estudiantes se rigen por las normas y el calendario académico de cada escuela. Los programas extraescolares y los servicios de cuidado pueden variar según la escuela. Clasificación 3 de octubre 5 de octubre Aspectos que deben comprobarse Organismos públicos Día festivo Día festivo sustitutivo Si los servicios esenciales funcionan por separado Escuelas Normalmente no hay clases Normalmente no hay clases Calendario académico y servicios de cuidado Centros de trabajo con 5 empleados o más En principio, día festivo remunerado En principio, día festivo remunerado Sustitución del día festivo y turnos Centros de trabajo con menos de 5 empleados Sin obligación legal de remunerarlo Sin obligación legal de remunerarlo Contrato y reglamento interno Aunque el sábado sea habitualmente un día de descanso, el 5 de octubre es un día festivo sustitutivo independiente. No obstante, el simple hecho de que el 3 de octubre coincida con un día de descanso ya establecido no genera por sí solo una remuneración adicional. Deben comprobarse por separado el trabajo efectivamente realizado y las condiciones salariales acordadas. Resumen según se trate de 5 empleados o más o de menos de 5 Los centros de trabajo con 5 empleados habituales o más deben garantizar como remunerados los días festivos. El fundamento jurídico es el artículo 55, apartado 2, de la Ley de Normas Laborales. Los días festivos sustitutivos también están comprendidos en este ámbito. Esta disposición no se aplica obligatoriamente a los centros de trabajo con menos de 5 empleados. En principio, tampoco se aplican las reglas de recargo por trabajo en día festivo. No obstante, los contratos laborales que establezcan condiciones más favorables conservan íntegramente su validez. Condiciones laborales Tratamiento del 5 de octubre 5 empleados o más, sin trabajar En principio, día festivo remunerado 5 empleados o más, trabajando sin sustitución del día festivo Deben examinarse el tratamiento como día festivo remunerado y el recargo por trabajo en día festivo 5 empleados o más, trabajando después de una sustitución legal del día festivo El 5 de octubre puede convertirse en un día ordinario de trabajo Menos de 5 empleados Se trata conforme al contrato y al reglamento interno Día de descanso programado de un trabajador por turnos Si no hay trabajo efectivo, no se genera el recargo Cómo se calcula si hay 5 empleados habituales El número de empleados habituales no equivale al número de personas que acuden al trabajo en una fecha concreta. En principio, se calcula tomando como referencia el mes anterior al hecho que determina la aplicación de la ley. El total acumulado de trabajadores empleados se divide entre el número de días de actividad. Los trabajadores a tiempo parcial y con contrato de duración determinada también pueden incluirse si tienen la condición de trabajadores. El empleador y los familiares convivientes que no tengan la condición de trabajadores pueden recibir un tratamiento diferente. Los centros de trabajo que se encuentren en el límite deben revisar el registro de empleados y los registros de jornada. Criterios de remuneración por trabajar el 5 de octubre En un centro de trabajo con 5 empleados o más, trabajar ese día puede considerarse trabajo en día festivo. Por las primeras 8 horas se añade un recargo de al menos el 50% del salario ordinario. Por la parte que exceda de 8 horas se añade un recargo de al menos el 100%. En el caso de los trabajadores con salario mensual, la remuneración del día festivo suele estar incluida en el salario mensual. En ese caso, se calculan adicionalmente el trabajo efectivo y el recargo. Para los trabajadores por horas, también debe comprobarse si corresponde pagar por separado la remuneración del día festivo. Orden para comprobar las condiciones laborales Comprobar el número de empleados habituales del centro de trabajo. Comprobar si el 5 de octubre era un día de trabajo programado. Comprobar si existía un acuerdo escrito con el representante de los trabajadores para sustituir el día festivo. Sumar las horas efectivamente trabajadas en el día festivo. Calcular la remuneración según la modalidad salarial, como salario mensual o por horas. Para los trabajadores por turnos, el calendario de turnos confirmado es más importante que el calendario general. Si efectivamente descansaron en su día de descanso programado, no hay recargo por trabajo en día festivo. Para la remuneración del día festivo también se tienen en cuenta el contrato laboral y la modalidad salarial. Ejemplo de cálculo de la remuneración por trabajo en día festivo Si se representa el salario ordinario por hora con H, no es necesario fijar una cantidad arbitraria. Se supone un caso en el que se trabajan 8 horas el 5 de octubre. No existe una sustitución válida del día festivo. Compensación por el trabajo efectivo en día festivo: H × 8 horas × 1,5 Remuneración del día festivo para trabajadores por horas: H × 8 horas si se cumplen los requisitos de pago Ejemplo del total para trabajadores por horas: H × 8 horas × 2,5 En el caso de los trabajadores con salario mensual, no se vuelve a sumar la remuneración del día festivo ya pagada. La cantidad adicional suele calcularse como H × 8 horas × 1,5. Para el cálculo efectivo deben comprobarse los componentes del salario mensual y las asignaciones fijas. Si se trabajan más de 8 horas, el cálculo se divide. A las primeras 8 horas se les aplica un multiplicador de 1,5. A la parte excedente se le aplica un multiplicador de 2. Comparación entre la sustitución del día festivo y el descanso compensatorio La sustitución del día festivo y el descanso compensatorio difieren en el momento de aplicación y sus efectos. En ambos sistemas es esencial contar con un acuerdo escrito con el representante de los trabajadores. Es difícil tramitarlos mediante una simple notificación verbal. Elemento Sustitución del día festivo Descanso compensatorio Momento de aplicación Se intercambian un día laborable y un día festivo antes del trabajo en día festivo Después del trabajo en día festivo, la remuneración se compensa con descanso Fundamento jurídico Artículo 55 de la Ley de Normas Laborales Artículo 57 de la Ley de Normas Laborales Requisito obligatorio Acuerdo escrito con el representante de los trabajadores Acuerdo escrito con el representante de los trabajadores Naturaleza del 5 de octubre Con una sustitución legal, se convierte en un día ordinario de trabajo Mantiene su carácter de día festivo Forma de compensación Descanso en otro día laborable designado Descanso remunerado que refleja el recargo salarial Si la sustitución del día festivo es válida, el 5 de octubre se convierte en día laborable. A cambio, otro día determinado previamente se convierte en día festivo remunerado. Si se vuelve a trabajar en el día festivo modificado, será necesaria una evaluación independiente. Comparación entre el Día de la Fundación Nacional y el Día de las Fuerzas Armadas Una fiesta nacional y un día festivo no son el mismo concepto. Una fecha conmemorativa tampoco se convierte automáticamente en día no laborable. Debe comprobarse por separado la legislación aplicable a cada fecha. Fecha Fiesta nacional Día festivo anual Posibilidad de día festivo sustitutivo Día de la Fundación Nacional, 3 de octubre Sí Sí Se aplica si coincide con sábado o domingo Día de la Constitución, 17 de julio Sí Actualmente no es día festivo No se aplica Día de las Fuerzas Armadas, 1 de octubre No Actualmente no es un día festivo permanente Solo puede ser día no laborable si se declara día festivo extraordinario El Día de las Fuerzas Armadas es una fecha conmemorativa legal. No es un día festivo que se repita cada año. Si se declara día festivo extraordinario en un año concreto, solo será día no laborable ese año. El Día de la Fundación Nacional es tanto una fiesta nacional como un día festivo permanente. Si coincide con un sábado o domingo, se activa la normativa sobre días festivos sustitutivos. Aplicar el mismo criterio a ambas fechas da lugar a errores. Errores frecuentes En algunos casos se considera que el 4 de octubre de 2026 es el día festivo sustitutivo. Como ese día es domingo, no es el primer día no festivo. El día festivo sustitutivo efectivo es el 5 de octubre. Dar por hecho que no existe día festivo sustitutivo cuando el día festivo cae en sábado. Considerar que todas las empresas privadas descansan de la misma manera. Considerar concluida la sustitución del día festivo únicamente mediante un acuerdo verbal. Considerar que el descanso programado y el día festivo remunerado son el mismo concepto. Considerar que la sustitución del día festivo y el descanso compensatorio son el mismo sistema. Tampoco se debe tratar unilateralmente el día festivo sustitutivo como vacaciones anuales. En los centros de trabajo con 5 empleados o más, los días festivos legales remunerados se distinguen de las vacaciones anuales. Para sustituir las vacaciones anuales también es necesario un acuerdo escrito con el representante de los trabajadores. Documentos que deben comprobarse Para determinar la remuneración individual se necesitan documentos del centro de trabajo. Es difícil establecer la remuneración únicamente con la información del calendario. Deben comprobarse conjuntamente los siguientes materiales. Contrato laboral y reglamento interno Calendario de trabajo confirmado de octubre de 2026 Acuerdo escrito de sustitución del día festivo celebrado con el representante de los trabajadores Nómina y composición del salario ordinario Documentación para calcular el número de empleados habituales del centro de trabajo Si existe una disputa, conviene conservar un registro de las horas trabajadas cada día. Los registros de entrada y salida y las instrucciones de trabajo también sirven como elementos de valoración. La aplicación de la ley se determina conforme a la relación laboral efectiva. FAQ Q. ¿Cuándo es el día festivo sustitutorio del Día de la Fundación Nacional en 2026? A. Es el lunes 5 de octubre de 2026. Como el Día de la Fundación Nacional, el 3 de octubre, cae en sábado y el 4 de octubre también es domingo, el primer día no festivo, el 5 de octubre, se convierte en día festivo sustitutorio. Q. ¿Para no trabajar el 5 de octubre es necesario que se anuncie por separado como día festivo extraordinario? A. No es necesario designarlo por separado como día festivo extraordinario. Es una fecha que se determina automáticamente conforme a la normativa vigente sobre días festivos sustitutorios, ya que el Día de la Fundación Nacional coincide con un sábado. Q. ¿El 5 de octubre es un día festivo remunerado en los centros de trabajo con al menos 5 empleados? A. En principio, es un día festivo remunerado. El artículo 55, apartado 2, de la Ley de Normas Laborales aplica a los centros de trabajo con al menos 5 empleados la garantía de remuneración de los días festivos de los organismos públicos y de los días festivos sustitutorios. Q. ¿Los centros de trabajo con menos de 5 empleados también descansan el día festivo sustitutorio del Día de la Fundación Nacional? A. La obligación de remunerar los días festivos prevista en la Ley de Normas Laborales no se aplica. Sin embargo, si el contrato de trabajo, el convenio colectivo o el reglamento interno lo establece como día festivo remunerado, se aplicará lo acordado. Q. ¿Cómo se calcula la remuneración adicional si se trabajan 8 horas el 5 de octubre? A. Si se trabaja en un centro con al menos 5 empleados sin sustitución del día festivo, se añade al menos un 50% del salario ordinario por el trabajo de hasta 8 horas. En el caso de quienes cobran un salario mensual, también debe comprobarse si la remuneración del día festivo remunerado está incluida en dicho salario. Q. Si un trabajador por turnos descansa el 5 de octubre, ¿recibe una remuneración adicional? A. Si no trabajó efectivamente en el día de descanso programado, no se genera la remuneración adicional por trabajo en día festivo. Para determinar la remuneración del día festivo remunerado, deben comprobarse conjuntamente los días de trabajo pactados, la modalidad salarial y el reglamento interno. Q. ¿Puede la empresa trasladar el día festivo a otra fecha? A. Es posible sustituir el día festivo mediante un acuerdo escrito con el representante de los trabajadores. Si la sustitución se realiza legalmente, el 5 de octubre se convierte en un día laborable ordinario y el otro día laborable designado se convierte en un día festivo remunerado. Q. ¿Se puede descontar el día festivo sustitutorio de las vacaciones anuales? A. En los centros de trabajo con al menos 5 empleados, no se debe descontar unilateralmente un día festivo remunerado por ley de las vacaciones anuales individuales. La sustitución de las vacaciones anuales también requiere un acuerdo escrito con el representante de los trabajadores. Q. ¿Por qué el Día de la Fundación Nacional y el Día de las Fuerzas Armadas se rigen por criterios diferentes en cuanto a los días festivos? A. El Día de la Fundación Nacional es una fiesta nacional y un día festivo que se aplica todos los años. El Día de las Fuerzas Armadas es una conmemoración oficial, pero no un día festivo permanente, por lo que debe ser designado como día festivo extraordinario en un año concreto para que sea festivo. Sources - Centro Nacional de Información Jurídica: Reglamento sobre los días festivos de las oficinas públicas: https://www.law.go.kr/법령/관공서의공휴일에관한규정 - Centro Nacional de Información Jurídica: Ley de Normas Laborales: https://www.law.go.kr/법령/근로기준법 - Centro Nacional de Información Jurídica: Decreto de aplicación de la Ley de Normas Laborales: https://www.law.go.kr/법령/근로기준법시행령 - Centro Nacional de Información Jurídica: Ley sobre los días festivos nacionales: https://www.law.go.kr/법령/국경일에관한법률 - Centro Nacional de Información Jurídica: Reglamento sobre diversas fechas conmemorativas y otras disposiciones: https://www.law.go.kr/법령/각종기념일등에관한규정 Images - Empleada de panadería con delantal azul revisando preocupada el horario laboral: https://onbinder.com/rails/active_storage/blobs/proxy/eyJfcmFpbHMiOnsiZGF0YSI6MTg1NjAsInB1ciI6ImJsb2JfaWQifX0=--7d2243d7e851f270bc3070105dc0c721df60e11c/ai-21570c67.webp - Calendario con fechas resaltadas y flecha, reloj, monedas, documentos y hojas de otoño: https://onbinder.com/rails/active_storage/blobs/proxy/eyJfcmFpbHMiOnsiZGF0YSI6MTg1NjYsInB1ciI6ImJsb2JfaWQifX0=--5790b52cfa92535c3885616ea94b219211756427/ai-5fd03ed4.webp --- Category: Base de conocimiento Source: https://onbinder.com/es/articles/gaecheonjeol-substitute-holiday-2026-october-5 License: cc_by Translation-Status: reviewed